
La Audiencia Provincial de Almería ha dictado una sentencia condenatoria de 15 años y tres meses de prisión contra A.G.F., hallado culpable del homicidio de una vendedora de lotería de 74 años, ocurrido en Albox en septiembre de 2021 durante un robo. La decisión judicial llega tras la orden del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de repetir el juicio, al considerar que la primera sentencia carecía de la debida fundamentación.
Además de la pena de cárcel, el tribunal impuso al acusado una indemnización de 90.000 euros, más intereses legales, para cada uno de los dos hijos de la víctima. La condena se desglosa en diez años y diez meses por el homicidio, con la aplicación de una atenuante por drogadicción. A esto se suman cuatro años y diez meses por el delito de robo, beneficiándose también de la misma atenuante, pero enfrentando una agravante de reincidencia debido a sus antecedentes penales.
El jurado popular emitió un veredicto de culpabilidad tras evaluar diversas pruebas que conectaron a A.G.F. con los hechos ocurridos en la madrugada del 10 de septiembre de 2021, entre las 2:30 y las 4:00 AM. El acusado, quien era vecino de la víctima y conocía que esta guardaba dinero producto de sus ventas de lotería en casa, ingresó a su domicilio con el propósito de robar.
Al abrir la puerta, la mujer fue atacada con un arma punzante, recibiendo múltiples heridas en cuello y tórax, así como lesiones defensivas. El cuerpo sin vida de la vendedora fue descubierto alrededor de las 14:00 horas del mismo día, en el interior de su vivienda, semidesnuda y en medio de un gran charco de sangre. Tras el ataque, el agresor sustrajo un bolso negro que contenía dinero, objetos de valor y dos teléfonos móviles, los cuales nunca fueron recuperados.

En la misma madrugada del crimen, A.G.F. protagonizó un accidente de tráfico al volante de un coche robado, siendo atendido en el hospital de La Inmaculada. Fue arrestado poco después de recibir el alta médica.
El tribunal determinó que, durante la comisión del delito, las facultades del acusado se vieron levemente afectadas por su adicción a las drogas. El caudal probatorio presentado ante el jurado incluyó testimonios de los agentes policiales involucrados en su detención. Un detalle relevante, según la información, fue que durante el traslado, A.G.F. solicitó a su madre que comprara ropa nueva y destruyera la que tenía en casa, sugiriendo la necesidad de eliminar posibles rastros de sangre de la víctima.
Las pruebas de ADN resultaron fundamentales, evidenciando la presencia de material genético compatible con el perfil del acusado debajo de las uñas de siete dedos de la víctima. Estos indicios se complementaron con registros telefónicos y testimonios de testigos que situaron al acusado en la vivienda durante el lapso en que se cometió el homicidio.
La sentencia actual, derivada de la repetición del juicio, confirma la responsabilidad de A.G.F. tanto en el asesinato como en el robo, y establece la obligación de reparar el daño moral y económico causado a los familiares de la víctima mediante las indemnizaciones fijadas.
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