
Una condena de ocho años y ocho meses de prisión fue dictada contra un hombre en Andalucía, España, por un brutal intento de asesinato cometido contra su expareja en septiembre de 2021. La sentencia, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, pone fin a un largo historial de violencia de género que marcó la relación de la víctima con el agresor durante siete años.
Desde 2014 hasta 2021, la víctima vivió bajo un régimen de control absoluto y maltratos. Golpes, tirones de pelo, amenazas constantes y un ambiente de intimidación permanente formaron parte de su día a día. El agresor la sometía a un lenguaje degradante y restringía severamente su libertad personal, según se desprende del fallo judicial. El tribunal determinó que este prolongado calvario causó un daño emocional significativo en la mujer, compatible con una situación de violencia de género.
El incidente que llevó a la condena ocurrió en la madrugada del 2021. El condenado, tras realizar catorce llamadas infructuosas a su expareja entre las 3:28 y las 6:53, decidió buscarla personalmente. Recorrió en su vehículo los lugares que ella solía frecuentar. Alrededor de las 7:00 horas, la localizó mientras conducía por la carretera del aeropuerto de Almería, en la zona de El Alquián, acompañada de dos amigas.
Lo que siguió fue una persecución implacable. El agresor comenzó a seguirlas con su coche, haciendo sonar el claxon de forma insistente hasta que impactó por detrás el vehículo donde viajaba la víctima. El choque provocó que el auto de la mujer derrapara y se detuviera en la calzada.

Al reconocer al conductor, la víctima descendió de su vehículo. Fue entonces cuando el agresor la abordó. Sin mediar palabra, la sujetó con fuerza por el cuello y la golpeó repetidamente en el rostro. Acto seguido, la arrojó contra el asfalto, provocando un fuerte impacto en su cabeza. Según testimonios recogidos, el ataque continuó con golpes dirigidos a matarla, mientras la mujer yacía inconsciente. Testigos presenciales relataron haber escuchado al agresor proferir amenazas e insultos como: “puta, te voy a matar, no mereces vivir, por qué no me coges las llamadas, eres una guarra, te voy a quitar de en medio, me estás engañando con otros tíos”.
Una de las amigas intentó alertar a la policía, mientras la otra forcejeaba con el atacante, gritando: “suéltala que la matas”, ante el intento de estrangulamiento. La agresión cesó solo cuando la víctima perdió el conocimiento.
Ante la llegada de las autoridades, el agresor abandonó la escena y se refugió en su automóvil. El tribunal determinó que el hombre no mostró intención alguna de auxiliar a la víctima, deteniéndose solo tras haber infligido el daño que pretendía.
La sentencia desestimó cualquier atenuante de confesión, argumentando que el agresor no podía ocultar los hechos. Sus intentos de justificar su actuar alegando embriaguez y consumo de drogas fueron rechazados por el tribunal, basándose en la evaluación de los agentes actuantes.
Las consecuencias físicas para la víctima fueron severas. Sufrió un traumatismo craneofacial y múltiples fracturas, especialmente en la cabeza. Requirió atención quirúrgica y pasó por la unidad de cuidados intensivos, con un tiempo de recuperación estimado en 180 días. A nivel psicológico, el daño emocional y psíquico es considerado relevante, resultado de la violencia sostenida durante la relación.
La resolución judicial también detalló que la violencia de género fue una constante en la relación, marcada por insultos, amenazas de muerte y restricciones a la autonomía de la mujer, como el control de su teléfono móvil y la limitación en su vestimenta y maquillaje, particularmente en el ámbito laboral. La relación, que se mantuvo de forma intermitente desde 2014 y de la cual nacieron dos hijos, estuvo caracterizada por la agresividad y el control.
Además de la condena por intento de homicidio agravado por violencia de género, el tribunal impuso una pena adicional de un año y ocho meses por malos tratos habituales. En total, el hombre deberá cumplir ocho años y ocho meses de prisión.
La justicia ha dispuesto que el condenado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima ni a sus dos hijos durante veinticinco años. También fue despojado de la patria potestad y estará sujeto a libertad vigilada tras cumplir su condena.
El tribunal subrayó el menosprecio del acusado hacia la condición de mujer de la víctima y su intención de someter su voluntad mediante la violencia, considerando legítimo el control y la posesión sobre ella. Su comportamiento reiterado fue el de dominar y doblegar a la mujer, tanto con agresiones físicas como con insultos y amenazas.
En un giro inesperado, la víctima renunció a recibir una indemnización tras alcanzar un acuerdo con la defensa del condenado.
Se recuerda la disponibilidad del teléfono 016 para información y asesoramiento jurídico a víctimas de violencia de género y su entorno. Este servicio es gratuito, opera en 52 idiomas y no deja rastro en la factura telefónica, aunque puede quedar registrado en algunos dispositivos. También se puede contactar a través del correo electrónico [email protected] y por WhatsApp al 600000016.
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