Reabren investigación por crimen de 40 años: Hallazgo de huesos reaviva caso de Diego Fernández Lima

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Corte ordena reabrir investigación por crimen de hace 40 años

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones ha dispuesto que se reanude la investigación sobre el presunto asesinato de Diego Fernández Lima, cuyo caso se remonta a más de cuatro décadas atrás. Los restos óseos de Fernández Lima fueron descubiertos bajo la vivienda de la familia Graf en el barrio de Núñez, Buenos Aires, 40 años después de su desaparición.

Los magistrados Ignacio Rodríguez Varela (presidente), Julio Lucini y Hernán López anularon el sobreseimiento previo de Cristian Graf y su posterior indagatoria. Como resultado, el expediente judicial regresará a manos del fiscal Martín López Perrando para una nueva profundización.

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Reproche judicial a maniobras de encubrimiento

El fallo inicial de la Cámara contiene un fuerte cuestionamiento a las acciones de Graf tras el hallazgo de los restos óseos. Según se desprende de la declaración indagatoria, se le atribuyen a Norberto Cristian Graf una serie de maniobras que habrían tenido como objetivo encubrir el hecho original. Estas acciones incluyeron:

  • La generación de explicaciones poco creíbles, como la supuesta existencia de una iglesia, un establo o un camión que pudo haber transportado tierra con los huesos, con la clara intención de restarle importancia al descubrimiento.
  • Una conducta evasiva y contradictoria frente a testigos y autoridades, buscando desviar el curso de la investigación.
  • Un silencio posterior y una falta de colaboración, a pesar de la gravedad del hallazgo.
  • Una pasividad notoria, al punto de no haber alertado a las autoridades policiales tras el descubrimiento.
  • La absoluta prescindencia de su participación posterior, ya que durante los primeros dos meses de pesquisa nadie mostró interés en conocer los pormenores del hallazgo, interés que se intensificó drásticamente al saberse la identidad de la víctima.

Vínculo con la víctima y evidencia forense

El juez Julio Lucini enfatizó la conexión temporal y personal entre la víctima y el acusado. "Que el deceso acaeciera en 1984 verifica un vínculo entre la víctima y el encausado en tanto resultaban ser ni más ni menos que compañeros de colegio", señaló, calificando esta circunstancia como "suficientemente demostrada" a través de informes y testimonios de la época. Por ello, considera que "no hay posibilidad de desvincular, a esta altura, al nombrado del homicidio, ya sea como autor, cómplice o cualquier otro grado de participación".

Por su parte, el juez Hernán López recalcó la importancia de la evidencia forense. "Las cuestiones remarcadas por los antropólogos que dieron cuenta de que la víctima fue agredida y que luego se intentó desmembrarla, corroboran, entonces, la existencia del delito precedente", afirmó. Añadió que el vínculo entre el damnificado, el encausado y el sitio del suceso, dado que se estableció que el cuerpo no fue trasladado, "impide descartar su ajenidad en el hecho anterior".

Prescripción y argumentos del sobreseimiento inicial

Cristian Graf había sido previamente sobreseído por el juez Alejandro Litvack a finales de octubre. Litvack basó su decisión en la consideración de que la acción penal por el homicidio estaba prescrita y que las conductas atribuidas a Graf no constituían delito.

La resolución del juez Litvack se apoyaba en el informe del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), que determinó que los restos pertenecían a Diego Fernández Lima, desaparecido en 1984 a los 16 años. El informe forense acreditó una muerte traumática por apuñalamiento, seguida de un intento de desmembramiento y posterior enterramiento en el domicilio de la familia Graf.

Litvack argumentó que el plazo de prescripción para el delito de homicidio (entre 12 y 15 años, según el tipo) se encontraba ampliamente superado, sin que existieran causales de interrupción o suspensión. Sostuvo que la prescripción impedía la persecución penal tanto del homicidio como del supuesto encubrimiento posterior. Además, consideró que las maniobras atribuidas a Graf por el fiscal se dirigieron solo a empleados de la obra, y no a autoridades policiales o judiciales.

Reclamo por un proceso "carente de razonabilidad"

En su voto, el juez Rodríguez Varela calificó la situación procesal anterior como un "proceso precipitado a un cauce carente de razonabilidad que debe ser remediado", justificando así la decisión de reabrir la investigación.

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